domingo, 2 de marzo de 2008

ANATOCISMO

¿Considera UD, qué el anatocismo es perjudicial para nuestra economía financiera?

La lógica capitalista nos lleva a pensar y considerar que el anatocismo no es perjudicial para los sujetos que hacen parte de un circuito económico; los doctrinantes de tal teoría económica propugnan por su aplicación dado que éste sistema sería la máxima expresión del rendimiento del capital, que es el fin supremo que se persigue en esta forma económica de organización.

Pero desde el punto de vista sociocultural debemos observar que la mayoría de ciudadanos se encuentra en una situación económica crítica dado el complicado acceso a recursos de capital, y por ello se debe considerar como perjudicial dicho fenómeno pues la desigualdad económica tan grande existente en nuestro País y las altas tasas de interéses hace surgir desánimo, temor y recelo a solicitar créditos y a realizar inversiones, ya que dichos créditos en cualquier momento se pueden volver insaldables.

¿Considera UD, qué el anatocismo incide en nuestras finanzas públicas?

Ya que las finanzas públicas son la actividad económica del sector público, con su particular y especial estructura que convive con la economía de mercado (libre oferta y demanda), de la cual obtiene sus recursos y a la cual le establece un marco de acción; y además de ello, comprende los bienes, rentas y deudas que forman el activo y el pasivo de la Nación y todos los demás bienes y rentas cuya administración corresponda al Poder Público a través de las distintas instituciones creadas por el Estado para poder realizar sus funciones y afrontar sus necesidades públicas, debiendo contar con recursos, obtenidos a través de los diferentes procedimientos legalmente estatuidos y preceptuados en principios legales constitucionales. Tenemos que el anatocismo, al ser un fenómeno económico, debe incidir en las finanzas públicas porque gran parte de los recursos del Estado provendrían del rendimiento de intereses de los intereses, lo que reduciría las oportunidades de inversión en infraestructura portuaria, vial, atención en salud, atención escolar, vivienda digna, industria, investigación, etc.

¿Es justo que nuestro código de comercio en su Art. 886 y el Art. 2235 del CC, lo condene?

Cuando el Legislador Colombiano estableció en la ley el susodicho fenómeno, no lo hicieron, a mi parecer, con sentido de justicia sino con sentido común, dado que de no haber sido así, nuestro sistema económico ya hubiese colapsado. Si en sentido contrario, se hubiese creado con un verdadero sentido de justicia, nuestra sociedad sería más progresista y se concentraría menos riquezas en tan pocas manos. El ejemplo más claro del sentido de justicia al respecto se encuentra en la lucha que han tenido que librar los llamados viviendistas contra las formas de anatocismo introducidas a los sistemas en crédito UPAC. ¿Sabemos en que lo corrigió la UVR, o sólo se estableció la misma figura con diferente nombre?

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